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TÍTULO I - Principios Fundamentales TÍTULO II - Del Espacio Geográfico y de la División Política TÍTULO III - De los Derechos Humanos y Garantías y de los Deberes TÍTULO IV - Del Orden Público TÍTULO V - De la Organización del Poder Público Nacional TÍTULO VI - Del Sistema Socioeconómico TÍTULO VII - De la Seguridad de la Nación TÍTULO VIII - De la Protección de esta Constitución TÍTULO IX - De la Reforma Constitucional
 
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  PREAMBULO
  TITULO I
Principios Fundamentales
  TITULO II
Del espacio geográfico y de la división política
  TITULO III
De los derechos humanos y garantías, y de los deberes
  TITULO IV
Del Poder Público
  TITULO V
De la organización del Poder Público Nacional
  TITULO VI
Del sistema socioeconómico
  TITULO VII
De la seguridad de la nación
  TITULO VIII
De la protección de esta constitución
  TITULO IX
De la reforma constitucional
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TITULO IV. Del Poder Público > Capítulo III. Del Poder Público Estadal > Artículo 160
Artículo 159   ]    Artículo 161  ]

Artículo 160

   El gobierno y administración de cada Estado corresponde a un Gobernador o Gobernadora. Para ser Gobernador o Gobernadora se requiere ser venezolano o venezolana, mayor de veinticinco años y de estado seglar.

   El Gobernador o Gobernadora será elegido o elegida por un período de cuatro años por mayoría de las personas que voten. El Gobernador o Gobernadora podrá ser reelegido o reelegida, de inmediato y por una sola vez, para un nuevo período.

 
Artículo 159   ]    Artículo 161  ]
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