 |
 |
 |
 |
|
| |
 |
 |
| |
| Misión Guaicaipuro |
|
Misión social que busca restituir los derechos originarios y específicos de los venezolanos y venezolanas pertenecientes a los pueblos indígenas, impulsando su desarrollo integral y garantizando el disfrute efectivo de sus derechos sociales (salud, educación, vivienda, agua y saneamiento), económicos culturales y políticos consagrados en la Constitución.
|
| |
|
 |
 |
|
| |
| |
|
|
| |
Artículo 125: |
|
| |
Los pueblos indígenas tienen derecho a la participación política. El Estado garantizará la representación indígena en la Asamblea Nacional y en los cuerpos deliberantes de las entidades federales y locales con población indígena, conforme a la ley. |
|
| |
|
|
|
| |
 |
 |
| |
|
 |
TITULO I. Principios Fundamentales >
Artículo 9
El idioma oficial es el castellano. Los idiomas indígenas también son de uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo el territorio de la Re...
|
| |
|
 |
TITULO III. De los derechos humanos y garantías, y de los deberes >
Capítulo I. Disposiciones Generales >
Artículo 21
Todas las personas son iguales ante la ley; en consecuencia: No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el cred...
|
| |
|
 |
TITULO III. De los derechos humanos y garantías, y de los deberes >
Capítulo VIII. De los derechos de los pueblos indígenas >
Artículo 119
El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y r...
|
| |
|
 |
TITULO III. De los derechos humanos y garantías, y de los deberes >
Capítulo VIII. De los derechos de los pueblos indígenas >
Artículo 120
El aprovechamiento de los recursos naturales en los hábitats indígenas por parte del Estado se hará sin lesionar la integridad cultural, social y económica de los mi...
|
| |
|
 |
TITULO III. De los derechos humanos y garantías, y de los deberes >
Capítulo VIII. De los derechos de los pueblos indígenas >
Artículo 121
Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar su identidad étnica y cultural, cosmovisión, valores, espiritualidad y sus lugares sagrados y de ...
|
| |
|
 |
TITULO III. De los derechos humanos y garantías, y de los deberes >
Capítulo VIII. De los derechos de los pueblos indígenas >
Artículo 122
Los pueblos indígenas tienen derecho a una salud integral que considere sus prácticas y culturas. El Estado reconocerá su medicina tradicional y las terapias complem...
|
| |
|
 |
TITULO III. De los derechos humanos y garantías, y de los deberes >
Capítulo VIII. De los derechos de los pueblos indígenas >
Artículo 123
Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y promover sus propias prácticas económicas basadas en la reciprocidad, la solidaridad y el...
|
| |
|
 |
TITULO III. De los derechos humanos y garantías, y de los deberes >
Capítulo VIII. De los derechos de los pueblos indígenas >
Artículo 124
Se garantiza y protege la propiedad intelectual colectiva de los conocimientos, tecnologías e innovaciones de los pueblos indígenas. Toda actividad relacionada con los recursos genéticos y los conocimie...
|
| |
|
 |
TITULO III. De los derechos humanos y garantías, y de los deberes >
Capítulo VIII. De los derechos de los pueblos indígenas >
Artículo 126
Los pueblos indígenas, como culturas de raíces ancestrales, forman parte de la Nación, del Estado y del pueblo venezolano como único, soberano e indivisible. De conf...
|
| |
|
| |
|
|
 |
 |
|
| |
| |
|
| |
|
| |
| Portal Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela |
|